Los notarios podrán casar a partir del viernes pero con el expediente del juez

22 de xullo de 2015

Una disposición de la Ley de Jurisdicción Voluntaria retrasa a junio de 2017 la plenitud de competencia de estos profesionales en las bodas.


La Ley de Jurisdicción Voluntaria permitirá a los notarios casar y divorciar desde el próximo viernes 24 con algunos peros, ya que la disposición final vigésima primera de dicha ley no dará plenitud de competencia en las bodas hasta el 30 de junio 2017. «Sí podemos casar, pero esta disposición nos obliga a contar con el expediente matrimonial que por ahora seguirá realizando el juez», explica el vocal del Colegio Andaluz de Notarios por la provincia de Málaga, Ramón Blesa, antes de añadir que este trámite del Registro Civil supone al menos un par de meses.

Esto, según el experto, provocará que para los interesados no suponga una gran ventaja más allá de evitar listas de espera en los ayuntamientos (alcalde o concejales) y en los juzgados «cuando ya tienen el expediente en la mano». Sobre el precio –se ha hablado de 95 euros–, asegura que el Gobierno todavía no ha dado la cifra oficial, aunque, sea cual sea, seguirá siendo un servicio social. En cambio, Blesa sí ve más futuro inmediato en su sector con las separaciones y los divorcios, ya que la Ley de Jurisdicción Voluntaria les permite tramitarlos siempre y cuando se haga de mutuo acuerdo y no haya menores ni discapacitados implicados.

Este aplazamiento que afecta a las bodas se debe a que el PP paró en junio en el Senado otra de las medidas anunciada por el exministro de Justicia Alberto Ruiz-Gallardón en 2013. Su iniciativa ya sufrió una primera merma en su paso por el Congreso ya que se quitó a los notarios la exclusiva de las bodas y separaciones y se añadió a los secretarios judiciales como alternativa. El texto que salió de la Cámara Baja poco tiene que ver con el proyecto de ley que aprobó el Consejo de Ministros, que ampliaba el catálogo de actos hasta ahora a cargo de los jueces que debían desempeñar en exclusividad otros operadores jurídicos, principalmente notarios y registradores. Esta exclusividad desapareció, modificada a través de las 82 enmiendas introducidas por el PP y destinadas a ampliar estas atribuciones a los secretarios judiciales, como alternativa a los anteriores, «para evitar situaciones de imposibilidad de ejercicio de un derecho, que hasta ahora era gratuito, por falta de medios».

En el Senado, los populares presentaron otras 19 enmiendas y modificó otra fecha, en este caso la entrada en vigor de las subastas voluntarias y notariales, que queda para el próximo mes de octubre. También eliminó la prohibición de que personas con discapacidad actúen como testigos en los testamentos. El Código Civil indicaba hasta ahora que los «ciegos y totalmente mudos» y las personas que «no estén en su sano juicio» no podían hacerlo.

La norma eleva, además, de 14 a 16 años la edad para contraer matrimonio, de acuerdo con la propuesta realizada por los ministerios de Justicia y de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.


Publicado o 22/07/2015 en www.laopiniondemalaga.es

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